Transporte de animales en ferries IDO Preguntas frecuentes
Puedes viajar con tu mascota en los ferries de IDO, pero debes cumplir con las normas de transporte de mascotas de IDO que se detallan a continuación.
NORMAS IDO SOBRE EL TRANSPORTE DE ANIMALES
- A partir del 1 de marzo de 2012, nuestros huéspedes deberán llevar consigo el certificado de vacunación de su mascota para poder ser mostrado al personal de la terminal de embarque en los viajes a pie, durante el control de seguridad en los viajes en vehículo y en cualquier momento durante el viaje.
- Gatos, perros con cartilla de vacunación , periquitos, canarios, etc. en jaulas especiales. Las mascotas, como los pájaros cantores, se pueden transportar en una jaula junto al dueño de la mascota en las salas de pasajeros de todos los autobuses marítimos, transbordadores de automóviles y transbordadores rápidos, excepto que las mascotas, como los pájaros cantores, se transporten en el vehículo de pasajeros en los transbordadores rápidos y transbordadores de automóviles con puertas abiertas. garajes.
- Las dimensiones máximas de la jaula para mascotas que podrán llevarse dentro del salón son 23x40x55 cm . La mascota en la jaula se coloca en un lugar adecuado junto a su dueño (en su regazo, en el suelo cerca de su asiento, etc.) de manera que no moleste a otros huéspedes ni bloquee los pasillos.
- Los animales domésticos cuyas dimensiones de jaula sean superiores a 23x40x55 cm y que no podamos llevar a la sala de pasajeros se transportan en jaulas especiales fuera de las salas de pasajeros de los autobuses marítimos y en los lugares indicados por los oficiales del barco, en jaulas de ferry fuera de la sala de pasajeros de los ferries, y en vehículos de pasajeros en ferries rápidos y transbordadores de automóviles con garajes abiertos.
- Las mascotas no deben sacarse de la jaula durante el viaje ni del vehículo de pasajeros en ferries rápidos y transbordadores de coches con garajes abiertos. Cuando se retiran las mascotas de la jaula o del vehículo, los oficiales del barco tienen derecho a advertir a los dueños de las mascotas y advertirles que las vuelvan a colocar en la jaula o el vehículo.
- De conformidad con el artículo 14 de la " Ley de Protección Animal " nº 5199, la cría de animales peligrosos como el Pitbull Terrier y el Tosa japonés; Queda prohibida la propiedad, el ingreso a nuestro país, la venta y publicidad, el intercambio, la exhibición y el obsequio. Según el artículo correspondiente, no se transportan mascotas de esta raza (Pitbull Terrier, Tosa japonés, Dogo Argentino, Fila Brasileiro).
- En la terminal se comprueba el cumplimiento de esta legislación por parte de la mascota que se solicita transportar.
- Los perros que sean demasiado grandes para caber en una jaula pueden ser aceptados en los servicios de ferry rápido siempre que lleven bozal, pero no pueden viajar dentro de la sala VIP. Se les permitirá viajar donde los responsables de las salas VIP del barco lo consideren oportuno.
- No se aceptan servicios de autobuses marítimos nacionales e internacionales (barcos que transportan únicamente pasajeros a pie).
- Los perros y animales demasiado grandes para caber en una jaula deberán acceder a los ferries rápidos desde el exterior de la terminal (mostrador de vehículos - salida de pasajeros) siempre que lleven bozal.
- Los agentes que realicen la inspección podrán negarse a transportar animales domésticos cuyo estado de salud se sospeche o cuyo estado de salud se considere que impide un viaje saludable.
- İDO no acepta ninguna responsabilidad por el deterioro del estado de salud del animal transportado antes, durante o después del viaje. La aceptación del transporte de animales depende de que nuestro huésped asuma toda la responsabilidad. El transportista no será responsable de la muerte, enfermedad, pérdida o lesión del animal durante el transporte, ni de cualesquiera gastos u otros daños que puedan surgir con motivo de ello.
NORMAS IDO SOBRE PERROS GUÍA
Los perros guía entrenados que acompañen a nuestros huéspedes con discapacidad visual podrán viajar en las salas de pasajeros de todos nuestros autobuses marítimos, transbordadores de automóviles y transbordadores.
Documentos que deben conservarse durante el tránsito;
- Documento de identificación de la Asociación de Perros Guía
- Cartilla de vacunación del perro
- Collar corporal que indica que es un perro guía.
- Informe hospitalario de nuestro huésped con discapacidad visual cuando sea necesario.
También indicamos que el perro guía deberá viajar con collarín y bozal durante la expedición.